Recibo un esperado e-mail de la oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones en la que me comunican lo siguiente:
Estimada Sra. XXXXXXXX,
En relación a su consulta recibida a través de nuestra página Web le informamos que tras revisar este asunto y encontramos que la regulación actual sólo contempla que cuando un usuario llama a un servicio 118, debe existir una locución inicial que informe sobre el precio de la llamada al propio 118.
La normativa no dice nada sobre qué tipo de información debe ofrecerse si el usuario consiente en que se perfeccione la llamada a través del 118. Por más que sería deseable que se informara al usuario sobre el precio de la llamada, sobre todo en el supuesto de que se mantenga la facturación a “precio de llamada a 118”, esta actuación no resulta exigible ni sancionable. Esto es, el operador puede argumentar que, como se mantiene la misma facturación, la locución inicial cumple con la obligación de informar sobre el precio.
Por lo tanto, el reproche que podría hacerse a este tipo de prácticas es meramente ético, sin que se esté vulnerando la legislación vigente.
En cuanto a si el negarse a efectuar esta práctica pueda ser motivo de despido es algo que debe denunciar ante los organismos competentes en materia de trabajo como pueda ser la Magistratura de Trabajo.
Recuerde que para cualquier duda o consulta, puede contactar con nosotros a través del número 901 33 66 99 o bien en nuestra web www.usuariosteleco.es
Reciba un cordial saludo
Oficina de atención al usuario de Telecomunicaciones
¿Qué es lo que nos quieren decir? que los 118's van a poder seguir pasándote con un número gratuito sin avisarte de que te siguen cobrando lo mismo que en la locución inicial. Que no me puedo negar a ofrecer el salto a no ser que un juez de Magistratura me lo indique. Eso sí, con dudas éticas y conforme a la legislación vigente, lo que más o menos quiere decir que si la gente se queja lo cambiarán, pero ya conocemos todos este páis, muchos gritos y pocas quejas.
29 marzo 2006
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4 comentarios:
imagino que como -sufrida- usuaria de la empresa mas grande -que no la mejor - de españa despues del inem (o sea, telefonica), podré plantear mi queja por esto en la url que dan en la carta qeu transcribes
¿me equivoco?
por qeu alla voy ahora mismito...
Yo utilizo el 11822 de Telefónica que no te cobra lo mismo que si cuelgas y marcas tú directamente. Me parece que este tema es una pasada y por lo menos las pocas veces que tengo que pedir esta información lo hago con el número que no abusa
ya no existen las Magistraturas de Trabajo, ahora se denominan Juzgados de lo Social
por cierto, visitada la paginita de los webs, no te dejan poner quejas online...
y eso que ya te dejan pornerlas hasta en el corteinglesdelasnarices
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